Publicación semestral de la
Universidad Autónoma
de Baja California.
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El 17 de septiembre de 2025, hace casi un año, recibimos por medio de correo electrónico una invitación proveniente de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Baja California, sede Mexicali, suscrita por su directora, la Dra. Ana Edith Canales Murillo. En dicha comunicación se nos indicó que la revista Cimalex editaría un número monotemático dedicado al Derecho del Trabajo desde una perspectiva de derechos humanos y que, en atención a nuestra trayectoria académica y profesional, se había considerado invitarnos a dirigir este número en calidad de editores invitados.
Tras aceptar la invitación, nos dimos a la tarea de convocar a académicos y académicas de diferentes países del continente, con el propósito de construir un número equilibrado tanto en términos temáticos como geográficos. La organización del trabajo comprendió no solo la convocatoria de las personas autoras, sino también la integración de pares académicos que permitieran garantizar la calidad y el rigor de las contribuciones. Esta tarea adquiere para nosotros una significación especial por tratarse de un área particularmente sensible del Derecho, con la cual hemos mantenido, además, un compromiso académico y profesional de vida. Hay algunos aspectos de esta invitación que consideramos particularmente significativos y que no queremos dejar pasar inadvertidos:
I. Lo primero es que esta invitación proviene de México y de una universidad mexicana. Y es precisamente en México donde el Derecho latinoamericano del Trabajo encuentra una de sus principales cunas históricas. Fue México, a través de su Revolución y de la Constitución de 1917, uno de los países que impulsó con mayor fuerza la incorporación de la justicia social y de los derechos laborales al constitucionalismo moderno. Su artículo 123 se convirtió en un referente regional y universal y constituye una de las expresiones fundacionales de aquello que posteriormente conoceríamos como constitucionalismo social.
II. Lo segundo es que, desde nuestro pensamiento, el Estado encuentra una de sus razones fundamentales de existencia en la protección de las personas y en la creación de condiciones que les permitan desarrollar una vida en dignidad. Bajo esta premisa la protección de la vida no se agota en garantizar la existencia biológica, sino que comprende también condiciones materiales compatibles con la dignidad y con la realización del proyecto de vida de cada persona. El derecho al trabajo tampoco puede reducirse al simple acceso a un empleo. Su verdadera realización exige que ese empleo permita a la persona construir una vida digna.
Los trabajos que forman parte de este número permiten observar la amplitud de los desafíos del derecho laboral contemporáneo. El número logró reunir diez contribuciones, provenientes de trece autores y cinco países distintos: México, Perú, Uruguay, Nicaragua y Colombia.
Somos conscientes de que mientras subsistan relaciones de desigualdad, subordinación y vulnerabilidad, subsistirá también la necesidad de un Derecho capaz de establecer límites y ofrecer protección. Y esa es, precisamente, la reafirmación que proponemos. No la defensa inmóvil de un Derecho del Trabajo del pasado, sino la reivindicación de sus fundamentos para construir el Derecho del Trabajo que exige el futuro. Un Derecho capaz de adaptarse sin renunciar a su esencia; de dialogar con la tecnología sin subordinarse a ella; de acompañar las transformaciones económicas sin convertir la dignidad humana en una variable de ajuste; y de recordar, frente a los desafíos del siglo XXI, que el trabajo continúa siendo mucho más que una mercancía, pues constituye una dimensión fundamental de la vida, de la autonomía y de la dignidad de millones de personas.
Mario Isaías Tórrez
Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
AIDTSS “Guillermo Cabanellas”
Yaneth Vargas Sandoval
Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
AIDTSS “Guillermo Cabanellas”