CONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, RESPECTO DE PREDIOS BALDÍOS

JESÚS FERNANDO VILLARREAL GÓMEZ
Abogado prestador de servicios en los sectores público, privado y social; profesor universitario de la asignatura de Derecho Administrativo en la Facultad de Derecho Mexicali de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC). Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho Mexicali de la UABC. Maestro en Derecho Fiscal por la Universidad del Valle de México (UVM); Maestro en Impuestos por la Facultad de Ciencias Administrativas Mexicali de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC); y actual alumno del Doctorado en Ciencias Jurídicas por la Facultad de Derecho Mexicali de la UABC. Contacto: fvillareal@uabc.edu.mx.

RESUMEN

Las normas que regulan el impuesto predial, como el resto de las contribuciones, deben observar la equidad y proporcionalidad tributaria. Fallar en hacerlo constituye una violación a los principios estipulados en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal Mexicana. El Poder Judicial de la Federación ha emitido criterios en los que resuelve que las disposiciones tributarias que establecen un impuesto predial con tasas diferentes entre los predios edificados y aquellos sin construcciones, transgreden el principio de equidad tributaria, incluso, el de proporcionalidad tributaria. Para el desarrollo del presente trabajo se empleó el método analítico. Se concluye que las disposiciones que establecen una tasa diferencial del impuesto predial para predios baldíos de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el Ejercicio Fiscal 2022 violan los principios tributarios ya mencionados.

ABSTRACT

The norms that regulate the property tax, as the rest of taxes, must observe tax equity and proportionality. Failing to do so constitutes a violation to the principles stipulated in article 31, sub-section I of the Federal Mexican Constitution. The Federal Judicial Branch has issued case law in which resolves that tax regulations that establish a property tax with different fees between a built property and those without any buildings infringe the tax equity principle, and even the tax proportionality principle. For the development of this work, the analytic method is used. It is concluded that the provisions that establish a differential fee of the property tax for vacant lots in the Municipal Income Law of Mexicali, Baja California.

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