Considérations sur la procédure de no case to answer dans la jurisprudence de la Cour pénale internationale
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Palabras clave

Procedimiento penal
proceso adversarial
continuación del proceso
absolución anticipada

Resumen

El procedimiento de “no hay caso para responder” es específico de los sistemas jurídicos del common law, en los que el juicio penal contradictorio o adversarial se divide en una primera fase de presentación de pruebas de parte del Fiscal y una segunda fase para la presentación de pruebas de parte de la defensa. Una vez terminada esta etapa, el juez, a petición de la defensa o de motu proprio, procede a evaluar las pruebas que sustentan la acusación y determinar si son suficientemente sólidas para justificar la continuación del proceso. En caso contrario, se justifica que ordene una absolución o termination anticipada del proceso. Este artículo analiza la introducción jurisprudencial de este procedimiento en el derecho procesal de la Corte Penal Internacional. Corresponde destacar que se trata de una jurisprudencia de carácter normativo, ya que los Estados son, en principio, los legisladores del derecho procesal de la Corte (la Asamblea de los Estados Partes es el órgano facultado para adoptar y modificar las Reglas de Procedimiento y Prueba, según lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto de Roma). Así, la jurisprudencia de la Corte adaptó el procedimiento de no respuesta a las características de su sistema procesal.

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