Transformación del matrimonio entre personas del mismo sexo en México: elementos teóricos y jurisprudenciales para su análisis
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Palabras clave

sexualidad
homosexualidad
matrimonio
diversidad

Resumen

Catapultadas por la revolución sexual de finales de los sesenta, las demandas de las diversidades sexuales empezaron a ser visibilizadas con el fin de siglo y vinculadas a las agendas feministas de los noventa. Tanto la identidad, el reconocimiento y el matrimonio han estado entre las demandas que han generado mayor atención; sin embargo, ha sido desde el reconocimiento de derechos sociales y económicos donde la gran mayoría de actores sociales han vinculado el derecho al matrimonio entre parejas del mismo sexo. La hipótesis de este trabajo es que las instituciones representativas abandonan las demandas en torno a derechos sexuales y reproductivos ante lo cual son las Cortes de Justicia quienes toman decisiones. En este sentido, la Suprema Corte de Justicia (México), ha entendido que el acceso al matrimonio está vinculado al libre desarrollo de la personalidad. Para desarrollar este argumento se ha seguido una agenda donde paulatinamente se han establecido los criterios no sólo para determinar que es inconstitucional no reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo, sino que también les corresponden todos los derechos derivados del vínculo y aquellos que atañen a su individualidad.

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